La conducción sin tarjeta de tacógrafo es un tema que preocupa a muchos profesionales del volante que, en determinadas situaciones, pueden verse obligados a conducir bajo estas circunstancias y tienen lógicas dudas sobre si es algo legal y sobre cómo deben proceder.
Hay que dejar bien claro que por lo general, el reglamento prohíbe terminantemente conducir sin la tarjeta de conductor insertada en el tacógrafo; no obstante, la misma normativa prevé algunas circunstancias en las que esto es posible: ¿Cuáles son? ¿Cómo debo proceder en estos casos? ¿Qué hago si pierdo o me roban mi tarjeta? En las siguientes líneas damos respuesta a estas y otras dudas.
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¿Cuándo se puede conducir sin tarjeta de tacógrafo?
Las circunstancias en las que es posible conducir por carretera sin la tarjeta de tacógrafo se especifican claramente en el Reglamento UE 165/2014 (Capítulo V), más concretamente en el Artículo 29, que se refiere a “Tarjetas extraviadas, robadas o defectuosas”. Veamos de forma resumida en qué caso es posible realizar una conducción sin tarjeta de conductor en el tacógrafo digital:
Por deterioro, mal funcionamiento, pérdida o robo de la tarjeta:
El Reglamento UE explica que cuando se da alguna de estas circunstancias, es posible realizar una conducción sin tarjeta durante un plazo no superior a los 15 días; esto se debe a que disponemos de hasta 7 días naturales para solicitar una tarjeta nueva a las autoridades competentes de nuestro país de residencia, y éstas a su vez tienen hasta 8 días hábiles para proporcionarnos la tarjeta solicitada, dependiendo de la circunstancia.
No obstante la normativa europea también incluye una excepción a estos 15 días, y dice que se podrán superar si son necesarios para conducir el vehículo hasta su base, siempre eso sí que el conductor pueda justificar que no le es posible presentar o usar una tarjeta en ese tiempo.
Por caducidad de la tarjeta
El reglamento indica claramente que NO es posible conducir un vehículo con tacógrafo digital con la tarjeta caducada; en España es posible excepcionalmente conducir sin la tarjeta de conductor si tras haber caducado y presentado una solicitud de renovación en el plazo previsto y debidamente justificada, las autoridades competentes aún no nos han entregado una nueva.
¿Cómo se realiza en estos casos la conducción?
Cuando por alguna de las circunstancias antes mencionadas nos vemos obligados a conducir si la tarjeta del tacógrafo, debemos poder registrar nuestra actividad diaria de alguna forma para que podamos justificarla en caso de que nos la soliciten; en estos casos, el propio Reglamento UE 165/2014 detalla el procedimiento que debemos seguir en su Artículo 35, donde se explican los siguientes pasos:
Al empezar la jornada laboral:
Al inicio de nuestra jornada laboral, tendremos que seleccionar en tacógrafo la opción de menú para indicar el inicio de la jornada del conductor (país, comunidad autónoma), lo que nos permitirá justificar la hora y el lugar en el que empezamos nuestro trabajo. Puede ser necesario registrar entradas previas si antes hemos realizado otra actividad.
A continuación, en el menú de impresión, seleccionaremos las actividades registradas del vehículo durante las últimas 24 horas (24h VU) e imprimiremos el ticket correspondiente; por la parte posterior de este ticket escribiremos nuestro nombre y dos apellidos, nuestro número de permiso de conducir (o el de la tarjeta de conductor, aunque esté perdida o caducada) y nuestra firma.
Al terminar la jornada laboral:
Una vez concluida nuestra jornada de trabajo, en el tacógrafo seleccionaremos en el menú la opción para dejar constancia del final de nuestra actividad (país, comunidad autónoma); como antes, imprimimos las actividades registradas durante las últimas 24 horas, y por la parte trasera del ticket que hemos imprimido escribimos nuestro nombre completo con ambos apellidos, nuestro nº de permiso de conducir o de tarjeta, y por último firmamos.
Estos dos tickets -el del inicio y el del final de la jornada laboral- deberemos guardarlos juntos y portarlos con nosotros durante los siguientes 28 días; posteriormente, al igual que haríamos con cualquier otro registro del tacógrafo, quedarán a cargo de la empresa.
¿Qué hago si me roban la tarjeta?
La Orden FOM/1190/2005 de 25 de abril, por la que se reguló la implantación del tacógrafo digital, ya contempla los casos de pérdida, robo, mal funcionamiento, deterioro o retirada de la tarjeta del tacógrafo.
Tal y como mencionamos antes, esta normativa fija un plazo máximo de 7 días naturales para que el conductor solicite una nueva tarjeta al organismo competente de su comunidad de residencia; y le da 5 días hábiles a éste para expedirla a partir de la solicitud por robo.
Lo cierto es que la conducción sin tarjeta de tacógrafo es una situación atípica, pero no tan rara y es muy posible que tarde o temprano durante nuestra actividad como conductores profesionales nos enfrentemos a ella. Por eso resulta importante tener claro cuál es el procedimiento a seguir en estos casos y evitar cualquier tipo de infracción o multa. Esperamos que con este artículo hayamos contribuido a evitarlo.