Documentos necesarios en el camión

Existen nuevas normas que indican los documentos en el camión necesarios para la actividad de transporte, han entrado en vigencia para casi todos los sectores. El estado de alarma ha paralizado buena parte de las oficinas públicas y ha hecho necesaria la modificación del Reglamento Ómnibus que regula la actividad en la Comunidad Europea.

Para conductores y empresas, se ha complicado la renovación o sustitución de los documentos obligatorios. Y del Reglamento Comunitario, el Ministerio de Transporte de España solo ha dado acogida a algunas consideraciones; pues en algunos casos, las actividades no se han visto detenidas.

Desde la DGT informan sobre toda la reglamentación de vehículos pesados, aquí recogemos un resumen de toda la documentación obligatoria.

? Documentos obligatorios

A pesar de todo, se precisa que el conductor lleve consigo de forma obligatoria lo siguiente:

1. Licencia comunitaria y certificado de conductor

La renovación no se ha visto afectada por el estado de alarma; por lo tanto, debe tenerlos en vigencia; o en su defecto, en trámite. Las prórrogas indicadas en el Reglamento Comunitario de la Unión Europea no se consideran aplicables, según Comité Nacional de Transporte.

2. Revisión del tacógrafo

Para este tipo de trámites tampoco contempla ninguna prórroga; ya que se han desarrollado con normalidad. Las inspecciones y revisiones deben por lo tanto estar en regla y actualizadas con la obligatoriedad de siempre.

3. Tarjeta del conductor

Sin mayores inconvenientes, todos los conductores podrán contar con este documento en el camión. Siempre que su renovación entre el 01 de marzo y el 31 de agosto de 2020; podrán obtener su nueva tarjeta dentro los 2 meses siguientes.

En todo caso, el transportista debe ser capaz de demostrar la condición de su solicitud en trámite. Condición que también aplica para el caso de tarjetas rotas o defectuosas; pero en estos casos la reposición no tardará más de 7 días naturales.

4. Tarjeta de empresa

Su proceso de emisión o renovación es presentado en la oficina correspondiente según el domicilio fiscal de la empresa. En el caso de renovación, debe iniciarse el proceso, con al menos 15 días de anticipación a su vencimiento.

Según las nuevas concesiones, si hubiera coincido con el periodo declarado de estado de alarma (desde el 6 marzo de 2020) hasta los 15 días posteriores a su finalización. Se entenderá que las empresas estarán exentas de su presentación, solo en los casos que disponga de otra tarjeta de empresa en vigencia.

Esta norma aplica si la empresa haya presentado su solicitud de renovación correspondiente y en el tiempo previsto. Además de condicionar la descarga del tacógrafo y tarjetas de conductores.

5. Tarjetas CAP

El Certificado de Aptitud Profesional es imprescindible u obligatorio entre los documentos en el camión. Su emisión requiere un curso de formación que debe ser evaluado a través de una prueba; sin embargo, la aplicación de las mismas se ha visto suspendida temporalmente.

Para las tarjetas CAP cuyo vencimiento esté entre 01 de febrero y 31 de agosto de 2020; se establece según el Reglamento Comunitario una extensión por 7 meses adicionales desde su fecha de caducidad.

6. Tarjetas de centros de ensayo

Autorizan la activación, prueba, calibración y transferencia de datos de tacógrafos. Aunque su renovación es anual, las condiciones actuales y las nuevas normativas extienden su período de validez de forma temporal hasta por 7 meses después de su vencimiento.

Las nuevas dinámicas no solo tienen consecuencias en el ámbito económico y social, sino también a nivel administrativo. Por tal razón, las nuevas resoluciones forman parte importante de los procesos de adaptación ante el periodo de crisis global.

Aunque, siguen en vigencia las exigencias, y es responsabilidad de conductores y empresas de transportes garantizar la vigencia y permanencia de estos documentos en el camión.