Mucho se ha hablado sobre la temida pérdida de la honorabilidad entre conductores y gerentes de las empresas de transporte. Y es que no es para menos, perder la honorabilidad puede desencadenar en la prohibición de que la compañía siga ejerciendo su actividad, y por tanto, dejar de obtener beneficios. Además, estos últimos años se ha endurecido, así que es importante conocer los términos para no descuidarla.
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¿Qué es la honorabilidad en el transporte?
La honorabilidad es un requisito de todas las empresas dedicadas al transporte por carretera pública, ya sean de mercadería o de viajeros, una vez iniciada su actividad. Estas empresas ya poseen la honorabilidad una vez se constituyen, sin necesidad de hacer nada, pero sí deben hacer por conservarla, ya que si la pierden se suspenderá la autorización que les habilita para su función, previo expediente, y no pudiendo visar estas licencias durante el tiempo determinado por la administración.
Se cerrará por tanto la empresa, y pueden hacerlo incluso durante un año. Antes de las nuevas modificaciones del ROTT era difícil perder la honorabilidad, pero ahora los motivos de sanción son mucho más estrictos. Consecuencias de su pérdida:
- Se suspende temporalmente el permiso de transporte, que supone la paralización de la actividad de la empresa
- Inhabilitación del gestor de la compañía por un año si es por vía administrativo, o lo que corresponda si es por vía judicial
Cuando nos llega una infracción, esta se puede recurrir y cuando se hayan acabado los recursos, se abrirá otro expediente administrativo que implica la pérdida de la honorabilidad, el cual también se puede recurrir. En caso de fallo de este último, la empresa, el gestor o ambos perderán la honorabilidad. Cuidado con pagar infracciones que puedan poner en peligro la honorabilidad, ya que si esto se hace, estas sanciones se harán firmes y no se podrá recurrir.
¿Quién debe cumplir el requisito de honorabilidad?
La honorabilidad afecta a todo tipo de empresas de transporte: escolar, mercancías, vehículos de emergencia… Debemos tener en cuenta que no solo se pueden aplicar las sanciones al gestor de esta, inhabilitando su capacitación, así como la paralización de la actividad empresarial, si no que también afecta al titular de la empresa, física o jurídica, a los operadores de transporte (intermediarios en la contratación de transporte), y a los conductores.
El ROTT dice quienes pueden perder la honorabilidad:
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- Pueden perder la honorabilidad las personas físicas o jurídicas con inhabilitación especial que impida ejercer la actividad de transportista, de intermediario en la contratación de transportes o de gestor, por cometer un delito durante el tiempo de la inhabilitación
- Personas físicas o jurídicas sancionadas por la resolución que finaliza la vía administrativa por la comisión de alguna de las infracciones del apartado A del anexo I y del apartado B o C con un IRI de valor igual o superior a 3.
- El gestor, cuando las sanciones impuestas tengan relación con sus funciones.
¿Qué importancia tiene el gestor de transporte?
Toda empresa de transporte debe tener obligatoriamente un gestor que tiene que cumplir el requisito de honorabilidad. Este perfil es muy importante ya que posee la autorización que permite ejercer sus funciones a la empresa. En el momento en que se produce una infracción, la empresa recibe una sanción con un importe, y otra el gestor, y en función de la gravedad de ésta, será más o menos probable perder la honorabilidad.
Si la sanción es muy grave, se suman un número elevado de sanciones graves anteriores, puede derivar en que el gestor pierda su título de capacitación (no pudiendo realizar sus funciones), su honorabilidad, y la de la empresa. Hay que recalcar que, el gestor podrá perder su honorabilidad siempre y cuando las infracciones por las que se le imputa estén relacionadas con sus tareas de gestión en la compañía.
¿Cómo se puede perder la honorabilidad?
A través de multas e infracciones, y por medio de la sentencia judicial o administrativa, se puede perder la honorabilidad. Esto sucede por:
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Inhabilitación especial:
Por sanciones relacionadas con la comisión de delitos. Esos delitos no necesariamente tienen que tener relación con el sector del transporte.
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Índice de Reiteración Infractora (IRI):
Es el número de sanciones impuestas en un período de tiempo concreto, que no supera los 365 días.
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Comisión de infracciones muy graves:
Están disponibles en el Baremo Sancionador.
Por ello, hay que tener muy en cuenta en qué grado afectan a la honorabilidad las infracciones que recibimos. Esto lo sabremos consultando los anexos del ROTT. Las sanciones referentes al anexo A hacen perder directamente la honorabilidad, las del anexo B son consideradas graves, y las del C menos graves. Podemos nombrar alguna de las más habituales como:
- Realizar transportes sin la licencia habilitante
- Falsear documentos y título
- Conducir vehículos sin el CAP
- Manipular o carecer de tacógrafo
- La cesión de autorizaciones para hacer de transportista
- Exceso de peso en la carga
- Transportar mercancías peligrosas sin señalización