¿La ITV es un gasto deducible?

La ITV es deducible

¿Es la ITV un gasto deducible? Esta es la pregunta que se hacen muchos autónomos y empresarios cuando les toca pedir cita para la ITV de uno de los vehículos que usan en el trabajo. Es de hecho una de las dudas más frecuentes entre los nuevos autónomos, y una de las cuestiones que más preocupa a los veteranos cuando tienen que presentar el IRPF.

Lo cierto es que la ITV puede ser un gasto deducible siempre y cuando se realice en un vehículo de empresa y se cumplan una serie de requisitos; también se puede deducir el IVA de la ITV… Pero en ambos casos la cantidad a deducir dependerá de varios factores. En este artículo queremos resolver todas tus dudas sobre la deducción de este concepto en tu declaración anual, para que tengas claro cuándo es aplicable y puedes ahorrarte dinero.

¿Cuándo puede un autónomo deducir los gastos de la ITV de su vehículo de empresa?

Para que cualquier tipo de gasto de un autónomo pueda ser deducible de cara a Hacienda, debe reunir una serie de condiciones:

  • debe ser una operación real
  • debe haberse llevado a cabo para obtener ingresos
  • debe estar anotado en el libro de gastos
  • debe estar justificado (normalmente mediante factura)
  • debe ser imputado en el ejercicio en que se haya realizado

En el caso de un autónomo, los gastos relacionados con un vehículo que pueden ser deducibles en el IRPF incluyen el combustible, las posibles reparaciones, el seguro, los impuestos (la llamada «viñeta») y los gastos de mantenimiento, entre los que se incluye la ITV. No obstante, estos gastos sólo podrán ser deducidos al 100% en la declaración si el autónomo trabaja en estas profesiones:

  • agente comercial
  • taxista
  • transporte de mercancías: repartidores, mensajeros, transportistas, etc
  • profesor de autoescuela

Es decir, si por ejemplo eres taxista, transportista o profesor de autoescuela, Hacienda entiende que utilizas tu vehículo exclusivamente para un uso profesional, y te permite descontar sus gastos de tu declaración (incluso aunque un taxista utilice el taxi para desplazamientos privados, se entiende que su función primordial no es esa).

Sin embargo, si eres autónomo y no te dedicas a una de estas profesiones, desgravar los gastos de tu vehículo te va a resultar más difícil, puesto que tendrás que demostrar ante Hacienda que el coche se destina a un uso laboral. Hay una norma no escrita por la que normalmente Hacienda permite a todos los autónomos desgravar hasta un 50% de los gastos de su vehículo (incluyendo la ITV), siempre y cuando los gastos se justifiquen bien. Es decir, no todo vale.

¿Cuándo puede un autónomo deducir el IVA de la ITV?

Para evitar cualquier problema, debes solicitar y conservar siempre la factura del servicio cada vez que lleves el vehículo de tu empresa a inspección. Algo que ayuda de cara a justificar y clarificar los gastos ante Hacienda, es contar con un segundo vehículo destinado exclusivamente a uso privado de forma que quede claro que el otro es de uso laboral, aunque esto no siempre está al alcance de todos los autónomos.

Hacienda también permite deducir entre un 50% y un 100% del IVA que recaiga sobre el vehículo siempre que -una vez más- el autónomo pueda demostrar que dicho vehículo está destinado -aunque sea parcialmente- a su actividad laboral, dependiendo también de cuál sea la misma. Tienes más información sobre el tema en este post.

¿Cuándo puede una empresa deducir gastos como la ITV de sus vehículos?

Para evitar el fraude fiscal, los requisitos de la Agencia Tributaria para poder deducir gastos de empresa en la declaración son cada vez más exigentes. Para que una empresa pueda desgravar los gastos de sus vehículos, incluyendo la ITV, dichos gastos deben estar:

  • vinculados a la actividad de la empresa
  • justificados con sus correspondientes recibos o facturas
  • registrados en el libro de contabilidad

Cómo contabilizar la factura de la ITV como gasto de empresa

Como es lógico, todos los vehículos de una empresa deben pasar la inspección técnica en su correspondiente plazo. Antes de que este venza, deberemos pedir cita previa a la ITV y, tras pasar por el trámite de la inspección, solicitar la factura de la ITV; es entonces cuando surge la pregunta: ¿puedo contabilizar la ITV como gasto de empresa? ¿Puedo desgravar el IVA de la ITV?

La cuestión principal a tener en cuenta es si el vehículo que ha pasado la ITV está a nombre de la empresa, o a nombre de un particular (el propio empresario, por ejemplo). Y ya te adelantamos que lo mejor es que esté a nombre de la empresa. ¿Por qué? Pues porque entonces podremos contabilizar los gastos de la ITV como un gasto más de la empresa.

Concretamente podemos contabilizarlo como un gasto de reparación y conservación, igual que cuando tenemos que llevar el vehículo al taller por una avería o para un mantenimiento. Los honorarios y tasas se incluirían en la casilla 622 de la declaración; en cuanto al IVA, podremos desgravarlo también, para lo cual deberemos contabilizarlo aparte.

¿Pero y si el vehículo no está a nombre de la empresa? En ese caso nos remitimos al apartado anterior relativo a autónomos. Si el vehículo no entra dentro de una de las categorías de profesiones mencionadas, y está a nombre de un autónomo o particular, tendremos que demostrarle a Hacienda que le damos un uso laboral… y no siempre es fácil.

Deducir la ITV según el tipo de vehículo

Al margen de si somos autónomos o estamos constituidos como empresa, otro factor clave a la hora de determinar si podremos deducir la ITV o no es el tipo de vehículo de que se trate, puesto que como ya supondrás, no es lo mismo hablar de un turismo que de un vehículo profesional como un camión, una furgoneta o un taxi. No olvidemos además las particularidades de los gastos de inspección asociados a un cambio de servicio del vehículo.

Turismos

En el caso de los turismos, por norma Hacienda considera que pueden ser de uso mixto tanto privado como profesional, por lo que si podemos justificar debidamente los gastos -incluyendo la ITV- asociados a una actividad laboral o empresarial, podremos deducir hasta el 50% de los mismos.

No importa que el gasto sea superior a ese 50%: si el vehículo está a nombre de un particular y en la ficha técnica consta como vehículo privado no comercial, ese es el límite.

Vehículos profesionales

Como ya dijimos, el caso de los vehículos profesionales es más fácil porque Hacienda y sus inspectores asumen de mano que su uso es básica y principalmente laboral, por lo que los gastos asociados a la inspección de furgonetas, furgones, camiones u vehículos de empresa utilizados para una actividad profesional pueden deducirse al 100%.

Obviamente, para hacerlo tanto empresarios como autónomos deben justificar debidamente que dichos vehículos están asociados principalmente a la actividad laboral/empresarial, y no a un uso privado (lo que no quita, como dijimos con el ejemplo de los taxistas, que ocasionalmente se les pueda dar tal uso). No sólo podremos deducir los gastos de la ITV, sino también otros gastos como combustible, peajes, etc.

No olvides solicitar siempre factura para que la ITV pueda ser un gasto deducible. Y recuerda: ya seas autónomo o empresario, si tu actividad está relacionada con el transporte por carretera en MC Madrid tenemos el vehículos industrial que necesitas. Ven a conocernos, descubre nuestro catálogo de furgones, furgonetas y camiones nuevos y usados, y encuentra la mejor solución por relación calidad-precio a tus necesidades de transporte.

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