Modo Out del Tacógrafo: ¿Cuándo Usarlo?

Modo Out Tacógrafo

El modo Out del tacógrafo no siempre es bien conocido por los profesionales del transporte. En otra ocasión hemos hablado de las exenciones al uso del tacógrafo de ciertos vehículos; sin embargo, a menudo se dan casos a lo largo de la actividad profesional en la carretera en las que los vehículos, aun estando obligado a usar un tacógrafo, no tienen que registrar su actividad. Es lo que se llama “fuera de ámbito” o “modo Out”. Veamos cuándo y cómo debe usarse.

¿Qué es el modo Out?

En todo vehículo obligado por ley a usar tacógrafo, se dan a su vez situaciones en las que la normativa vigente no obliga a registrar la actividad del conductor: esta es fundamentalmente la función del llamado “modo Out”, que se selecciona para indicar al aparato que estamos fuera del ámbito de aplicación del reglamento de uso del tacógrafo.

Esta circunstancia puede producirse si viajamos a un país fuera de la UE donde no es de aplicación la normativa sobre el uso del tacógrafo, por ejemplo a Marruecos; pero también puede referirse a actividades “fuera de ámbito” de la legislación realizadas dentro de la UE, y que vienen reflejadas en el Reglamento (CE) 561/2006.

¿Qué ocurre al elegir el modo “fuera de ámbito”?

Cuando elegimos en el tacógrafo el modo “Out” (fuera de ámbito), lo que le estamos indicando es que durante este tiempo el reglamento europeo antes mencionado no es aplicable; al hacerlo, aparece la palabra “OUT” en la pantalla del tacógrafo, pero eso no significa que el aparato deje de registrar datos: seguirá haciéndolo, pero lo hará indicando que está fuera del ámbito de aplicación de la norma, lo cual resulta relevante en caso de realizarse un control.

También queda constancia de que se está en modo Out en los ficheros y en los tickets que se impriman, donde se indica al principio y al final que los datos están en modalidad fuera de ámbito: esto es importante si por ejemplo tenemos que pasar una inspección o un control de carretera, ya que la actividad registrada durante este modo se considera como otros trabajos.

Además, en modo Out no es obligatorio hacer un descanso de 45 minutos tras conducir 4,5 horas; sin embargo, sí resulta obligatorio cumplir con los descansos diarios y semanales marcados por ley, ya que dichos descansos son obligatorios una vez se inicia la jornada de trabajo o la semana laboral. En este punto, conviene recordar que una vez termina el descanso diario previo, se considera iniciada la nueva jornada laboral.

¿Cuándo se debe seleccionar esta opción en el tacógrafo?

El uso de la modalidad “fuera de ámbito” en el tacógrafo viene especificado por ley, como ya explicamos antes, en el Reglamento (CE) 561/2006, donde en su Artículo 3 se especifican las actividades en las que el reglamento europeo sobre uso del tacógrafo no es de aplicación.

No obstante, este mismo reglamento da libertad a cada país miembro para fijar sus propios supuestos en los que no se aplica la normativa, que en el caso de España vienen recogidos en el Real Decreto 640/2007. De esta forma, podemos establecer dos ámbitos territoriales en los que podremos seleccionar el modo Out del tacógrafo, dependiendo de si realizamos determinadas actividades en España o en otro país la UE.

En la UE:

Podemos seleccionar el modo Out en los siguientes supuestos, que son de aplicación en todo el territorio de la UE (también en España)

  • Al realizar un transporte regular de viajeros en una ruta de recorrido no mayor de 50 km.
  • Al utilizar vehículos alquilados durante una urgencia, en tareas de ayuda humanitaria o salvamento.
  • Al utilizar vehículos dedicados a la reparación de averías, siempre que operen en un radio máximo de 100 km.
  • Al conducir vehículos o conjuntos de vehículos con MMA no superior a 7,5 toneladas, dedicados al transporte no comercial de mercancías.
  • Al realizar actividades de transporte privado complementario de mercancía artesanal, siempre que el vehículo opere en un radio máximo de 100 km y que su MMA no supere las 7,5 toneladas.

En España:

Además de los anteriores supuestos, si nos encontramos en España podemos seleccionar el modo Out en los siguientes casos

  • Al realizar transportes oficiales.
  • Al realizar servicios de recogida y entrega de envíos del servicio postal, siempre que el vehículo no supere las 7,5 toneladas y no se aleje más de 50 km de su base.
  • Al realizar tareas de recogida y eliminación de RSU, dentro de un radio de 50 km.
  • En actividades de transporte privado complementario de mercancías, realizado en un radio de 50 km por empresas agrícolas, forestales, ganaderas y pesqueras.
  • En actividades de recogida de leche o de transporte de alimentación para ganadería, en un radio de 50 km desde la base de la empresa de transporte.
  • Al transportar animales vivos, siempre que entre origen y destino no haya una distancia lineal superior a 50 km.
  • Al usar vehículos impulsados por electricidad o GNL con una MMA inferior a 7,5 toneladas y que operen en un radio máximo de 50 km.
  • Al trasladar material o maquinaria como transporte privado complementario para una empresa, dentro de un radio de 50 km y con vehículos de MMA < 7,5 toneladas.
  • En actividades de transporte que empleen vehículos dentro de recintos cerrados tales como puertos, aeropuertos o estaciones de ferrocarril.
  • Al realizar actividades de transporte en islas de superficie menor a 1.500 m2 y no comunicadas con la Península por carretera.

 

Como hemos visto, el modo Out del tacógrafo puede usarse en varias actividades en las que excepcionalmente el reglamento general sobre el uso del tacógrafo no es obligatorio, constituyendo junto con el llamado modo ferry una de las excepciones más importantes que cualquier profesional de la carretera debe tener en cuenta para cumplir con la ley, y así evitar ser sancionado por las autoridades.